Tunja, 25 de junio de 2025.
CIRCULAR No.006
JUNIO 25 DE 2025
«Por el cual se autoriza el reintegro de valores pagados en exceso por los usuarios del Consorcio Tránsito Tunja en los trámites de enero de 2025»
CONSIDERANDO QUE:
El Consorcio Transformación Digital Tránsito Tunja 2023 tiene a su cargo la operación, gestión y apoyo en la prestación de los servicios de tránsito y movilidad de la Secretaría de Movilidad y Vida Territorial de Tunja, en virtud del Contrato de Concesión No. 852 de 2023.
Que mediante oficio No. 1.11-2-4259 de fecha veintiuno (21) de abril de 2025, la Secretaría de Movilidad y Vida Territorial de Tunja trasladó por competencia a la Interventoría y al Concesionario, instruyendo la adopción de mecanismos para el reintegro a los usuarios de los valores pagados en exceso durante el mes de enero de 2025, identificando un total de 2.193 usuarios con saldos a favor.
Que en respuesta a lo anterior, el Consorcio mediante oficio TT25-083 del ocho (8) de mayo de 2025, informó a la Interventoría que revisada la base de datos de los trámites pagados por los usuarios durante enero de 2025, se constató un total de 2.166 usuarios con pagos en exceso en las tarifas de transito del municipio liquidados para dicho mes, por un valor equivalente a QUINIENTOS DIECISÉIS MIL SETECIENTOS NOVENTA Y OCHO PESOS ($516.798).
Que dichos pagos en exceso se configuraron debido a una falla metodológica en la estimación de las tarifas para el año 2025, pues fueron calculadas con base en el porcentaje de variación del IPC, publicado por el DANE y registrado en la Resolución No 3914 de 2024 emitida por el Ministerio de Hacienda que estableció el valor de la Unidad de Valor Básico para la vigencia 2025, aplicándoles un redondeo a la moneda de menor circulación; no obstante, la Resolución 001 de 2025 emitida por la Secretaría de Movilidad y notificada al Consorcio el día 21 de febrero de 2025, no contempló dicho redondeo de tarifas.
Que el presente ajuste obedece a un error metodológico en el sistema de cálculo operativo, sin que haya mediado dolo, culpa grave o mala fe por parte del Concesionario ni de la Interventoría.
Que ante la ausencia de regulación específica sobre devoluciones de esta naturaleza en el marco de concesiones de tránsito, el Consorcio acoge, de manera análoga, lo previsto en los artículos 854 y 857 del Estatuto Tributario Nacional, aplicables para pagos en exceso o de lo no debido.
Que debido a los montos mínimos que se deben reintegrar para cada usuario, se estimó procedente realizar dichos reintegros de forma presencial, presentando el documento de identificación.
Que el listado detallado de los usuarios beneficiarios para el reintegro, así como el valor correspondiente, fue elaborado por el Área Financiera del Consorcio, aprobado por la Gerencia y validado por la Interventoría, se publicará en un listado con los datos anonimizados para proteger la identidad de las personas, permitiendo su divulgación sin violar la protección de datos.
RESUELVE:
ARTÍCULO PRIMERO. Autorizar el reintegro de los pagos en exceso a favor de los 2.166 usuarios que realizaron trámites en el Consorcio Tránsito Tunja durante el mes de enero de 2025, por un valor total de QUINIENTOS DIECISÉIS MIL SETECIENTOS NOVENTA Y OCHO PESOS ($516.798), relacionados en la siguiente tabla de acuerdo a su documento de identidad, así: Circular Reintegro Trámites Enero/2025.
ARTÍCULO SEGUNDO. El reintegro de los valores a que hace referencia el artículo anterior se efectuará mediante entrega directa en efectivo en las instalaciones del Consorcio, previa solicitud presencial del usuario y presentación del documento de identidad que lo acredite como beneficiario.
ARTÍCULO TERCERO. El término para presentar la solicitud de devolución será de dos (2) años, contados a partir de la publicación de la presente circular. Vencido este término sin que medie solicitud del interesado, los valores no reclamados se entenderán prescritos a favor del Consorcio.
ARTÍCULO CUARTO. Disponer la publicación de la presente circular en la página web oficial del Consorcio y en lugar visible de las instalaciones del Consorcio, con fines de publicidad y notificación colectiva a los interesados.
El presente procedimiento se adelanta con criterio de responsabilidad social, fortaleciendo la confianza de los usuarios en la gestión pública delegada.
COMUNÍQUESE, PUBLÍQUESE Y CÚMPLASE.
ELKIN DARÍO RAGUÁ RUEDA
Gerente General Consorcio Tránsito Tunja 2023