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    Los motociclistas deben usar chaqueta, chaleco o cualquier prenda reflectiva entre las 06:00 p.m. y las 06:00 a.m. del día siguiente. No usar prendas reflectivas cuando se conduce moto acarrea multas para los conductores.

    En Colombia, entre 2020 y 2023 el número de motociclistas heridos aumentó en un 86 %, y el número de fallecidos en un 60 %, lo que evidencia que son uno de los actores viales más vulnerables del país.

    Frente a este panorama, para las autoridades de tránsito es clave garantizar la seguridad de quienes conducen motocicleta, por lo que han implementado medidas que salvaguarden su integridad como el uso del casco y de la prenda reflectiva.

    La mayoría de los moteros ya tienen aprendido que el uso del casco es obligatorio tanto para el conductor como para el acompañante, debido a que, según la Organización Mundial de la Salud (OMS), su uso reduce en un 40 % el riesgo de muerte en un siniestro vial y en un 70 % el riesgo de una lesión grave.

    Sin embargo, en ocasiones pasan por alto el uso del chaleco, chaqueta o prenda reflectiva, la cual tiene como finalidad dar mayor visibilidad del motociclista y su acompañante cuando conducen de noche.

    Aunque las características de dicha prenda no estás estipuladas en el Código Nacional de Tránsito, la recomendación es que sea lo suficientemente visible tanto en la parte frontal como trasera.

    ¿Cómo deben ser los chalecos reflectivos?

    El Centro de Experimentación y Seguridad Vial, CESVI Colombia S.A. menciona que la visibilidad del motociclista depende tanto del equipamiento de la moto como del vestuario, por eso se debe supervisar que la chaqueta y demás prendas reflectivas se vean a menor y mayor distancia.

    La prenda que los motociclistas lleven puesta juega un papel vital respecto a la visibilidad. La realidad colombiana revela que en las calles se observan principalmente tres tipos generales de prendas para ser más visibles en la vía: el chaleco de arnés con cintas reflectivas, el chaleco reflectivo y la chaqueta reflectiva. Centro de Experimentación y Seguridad Vial.

    En este sentido, se elaboró un experimento con este tipo de reflectivos en cuanto a su capacidad lumínica dependiendo de los kilómetros de distancia y se estableció que:

    • Chaleco de arnés: con una capacidad regular a 15 kilómetros, mala a 40 km y nula a 63 km
    • Otros chalecos: con una capacidad buena a 15 kilómetros, regular a 40 km y mala a 63 km
    • Chaqueta reflectiva: con una capacidad excelente a 15 kilómetros, buena a 40 km y buena a 63 km.

    Es claro que la prenda reflectiva no sustituye los elementos de protección personal y es más un complemento de los elementos absorbedores de impactos. Centro de Experimentación y Seguridad Vial.

    Por otro lado, en Colombia existe, desde el 2002, la ley 769 en la que se dictan las disposiciones que deben tener en cuenta los conductores en Colombia. Dentro de esta información se establece cómo y por dónde deben circular los motociclistas y ciclistas, además de los elementos de seguridad que deben usar.

    La multa por no portar la prenda reflectiva

    • De acuerdo con la ley, los conductores de motocicleta y sus acompañantes deben vestir chalecos o chaquetas reflectivas de identificación, particularmente, entre las 06:00 p.m. y las 06:00 a.m. del día siguiente o cuando la visibilidad sea escasa.
    • Si no se utiliza este componente, las autoridades de tránsito impondrán una multa de $ 650.000.
    • En cuanto al casco, la sanción económica será la misma ($ 650.000) además, en este caso, también se sancionará al conductor con la inmovilización de su vehículo.

    Normas generales para motociclistas:

    • Deben transitar por la derecha de las vías a distancia no mayor de un metro de la acera u orilla y nunca utilizar las vías exclusivas para servicio público colectivo.
    • Los conductores de estos tipos de vehículos y sus acompañantes deben vestir chalecos o chaquetas reflectivas de identificación que deben ser visibles cuando se conduzca entre las 6:00 p.m. y las 6:00 a.m.
    • Los conductores que transiten en grupo lo harán uno detrás de otro.
    • Conducir sin casco acarrea cuantiosas multas y la inmovilización del vehículo.
    • No deben sujetarse de otro vehículo o viajar cerca de otro carruaje de mayor tamaño que lo oculte de la vista de los conductores que transiten en sentido contrario.
    • No deben transitar sobre las aceras, lugares destinados al tránsito de peatones y por aquellas vías en donde las autoridades competentes lo prohíban.
    • Deben conducir en las vías públicas permitidas o, donde existan, en aquellas especialmente diseñadas para ello.
    • Deben respetar las señales, normas de tránsito y límites de velocidad.
    • No deben adelantar a otros vehículos por la derecha o entre vehículos que transiten por sus respectivos carriles. Siempre utilizarán el carril libre a la izquierda del vehículo a sobrepasar.

    Normas específicas

    • Podrán llevar un acompañante en su vehículo, el cual también deberá utilizar casco y elementos de seguridad.
    • Deberán usar, de acuerdo con lo estipulado para vehículos automotores, las luces direccionales.
    • Cuando transiten por las vías de uso público deberán hacerlo con las luces delanteras y traseras encendidas.
    • El conductor deberá portar siempre chaleco reflectivo identificado con el número de la placa del vehículo en que se transite.                                                          

                                                                                                                                                       Tomado de: redmas.com

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    La razón de ser del cambio https://transitotunja.com/la-razon-de-ser-del-cambio/ https://transitotunja.com/la-razon-de-ser-del-cambio/#respond Thu, 21 Mar 2024 00:58:34 +0000 https://transitotunja.com/?p=910 La entrada La razón de ser del cambio se publicó primero en Tránsito Tunja.

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    El Consorcio Transformación Digital Tránsito Tunja 2023, surge como una necesidad de la ciudadanía tunjana, dadas varias razones, entre ellas, la inadecuada custodia de los archivos físicos vehiculares, contravencionales y coactivos, sumado a la inexistencia de bases de datos que permitieran un manejo más eficiente de la data.

    Las instalaciones físicas donde funcionaba el organismo de tránsito de Tunja no permitían una organización diferente de la que se tenía, pues sólo tenía dispuestas 5 ventanillas y los usuarios se agolpaban a la entrada, sumado a los riesgos que presentaba la Casa Tomasina que no la hacían adecuada para la prestación del servicio al público.

    En lo que hace a la red de semáforos, ésta requiere renovación, mantenimiento y nuevas intersecciones semafóricas con tecnología de punta y un centro de monitoreo que permita optimizar la movilidad de la ciudad.

    La atención a los ciudadanos ya no requiere filas antes del horario de atención de la secretaría, ni tampoco se limita a la recolección de 20 documentos, si bien, algunos trámites no se finiquitaron por falta de especies venales (placas y licencias de tránsito), por factores presupuestales, esa situación ya se halla superada con el contratista.

    Asimismo, la función de control de infracciones de tránsito de la ciudad demanda, no sólo la presencia de agentes de tránsito, sino de elementos tecnológicos en los que éstos puedan apoyarse.

    Con Tránsito Tunja, la ciudadanía cuenta, desde el 1 de diciembre de 2023, con unas instalaciones dignas de una ciudad capital, es decir, amplios y cómodos espacios, con una imagen renovada, con una herramienta tecnológica que se conecta en línea y en tiempo real con el RUNT y el SIMIT, con 10 ventanillas de atención, unas de ellas, destinadas a atender prioritariamente a mujeres en estado de embarazo, adultos mayores, personas en condición de discapacidad y personal uniformado de las fuerzas militares y de policía; estas instalaciones se hallan dotadas con elementos de protección como: extintores, camilla, botiquín, entre otros, frente a eventuales contingencias. Ésta, la Sede Principal, cuenta con un espacio destinado a la organización de los archivos vehiculares y otro, para los archivos contravencionales y de procesos coactivos, además de contar con internet principal y otro más de respaldo, a fin de garantizar la continuidad en la prestación del servicio público concesionado.

    Asimismo, Tránsito Tunja ha venido vinculando laboralmente, de manera progresiva, mano de obra local, al emplear a 40 trabajadores, hombres y mujeres que representan 31 familias boyacenses que cuentan con un contrato de trabajo con todas sus prestaciones de ley; sin contar los trabajos indirectos asociados a las obras que se vienen adelantando en los alrededores, sumado al desarrollo de esta parte de la ciudad que, en su entorno, ya se han venido abriendo negocios asociados al tránsito y conexos o relacionados, como verdadera medida de inclusión y desarrollo de este sector de la ciudad, al ubicarse en la carrera 6 No. 51 – 50, bodega 15 al norte de la ciudad de Tunja, pasos adelante del Centro Integrado de Servicios de la “EBSA – Empresa de Energía Eléctrica de Boyacá. Asimismo, se trata de personal que ha venido capacitándose, conforme la normatividad legal vigente, adecuadamente uniformado e identificado para responder a las expectativas de la ciudadanía y las autoridades.

    Próximamente, abrirá al servicio del ciudadano, una sede satélite y una sede destinada a los nuevos patios de inmovilización y debe proveer, al menos dos (2) grúas para este proceso, así como también, debe liderar el proceso de renovación semafórica y de instalación del sistema de detección contravencional de apoyo a las autoridades de tránsito, haciendo que Tunja vaya a la vanguardia en materia de tecnología y modernización del sector tránsito y transporte.

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